El TSJM confirma el derecho de los representantes sindicales a recibir información, disociándola de los datos personales

Publicado el 18-07-2022      Notícia sobre: Noticias del Sector

 

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la sentencia de primera instancia y ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por vulneración de derechos fundamentales por el miembro del Comité de Empresa de la mercantil Garda Servicios de Seguridad, S.A., perteneciente a Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada.

«Debemos declarar y declaramos la vulneración del derecho a la libertad sindical por la empresa demandada, la nulidad radical y el cese inmediato de su actuación, y, en su consecuencia, condenamos a Garda Servicios de Seguridad, S.A., a que abone a la parte actora, en concepto de daños morales y perjuicios, la cantidad de 7.500 euros», dice dice la sentencia 522/2022, de 3 de junio, de suplicación del tribunal, formado por los magistrados Ignacio Moreno González-Aller –presidente y ponente–, José Luis Asenjo Pinillla y Emilio Palomo Balda.

«El derecho a informar a los trabajadores sobre la marcha de la negociación colectiva o las relaciones laborales en la empresa forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a la libertad sindical de sus representantes, suponiendo cualquier injerencia en dicha comunicación por parte del empresario una vulneración del derecho fundamental», destacan los magistrados en su fallo.

La suplicación es el equivalente en la jurisdicción social a la apelación en las jurisdicciones civil, penal o contencioso-administrativo.

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