Protección de Datos avala la creación de un registro de médicos objetores de conciencia al aborto

Publicado el 26-09-2022      Notícia sobre:

 

La AEPD precisa que la ley del aborto tendrá que establecer garantías para el adecuado tratamiento de los datos personales de los profesionales objetores.

La creación de registros autonómicos de médicos objetores de conciencia con respecto al aborto es factible y una medida constitucional, siempre que se haga con garantías para respetar el derecho fundamental a la protección de los datos personales. Así lo ha dictaminado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su informe sobre el anteproyecto de reforma de la ley orgánica de interrupción del embarazo.

La reforma de la ley del aborto, que este jueves llegó al Congreso de los Diputados para ser tramitada por la vía de urgencia, reconoce el derecho individual a la objeción de conciencia, pero garantiza al mismo tiempo que los servicios sanitarios públicos se organizarán para que siempre haya profesionales que permitan a las mujeres acceder al derecho a interrumpir su embarazo. Para ello, establece que las comunidades autónomas tendrán que crear registros de personas objetoras de conciencia: deben declarar la objeción de forma anticipada y por escrito.

¿Es el derecho fundamental a la protección de los datos personales un obstáculo para la creación de esos registros? La AEPD ha contestado a esa pregunta recurriendo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y a la legislación vigente: avala su puesta en marcha, aunque precisa que se deben adoptar garantías específicas para proteger datos tan sensibles.

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Fuente: EPE