Las eléctricas ya no podrán cambiarnos de comercializadora sin permiso: el cruce de CUPS ya no es excusa

Publicado el 28-03-2023      Notícia sobre: Noticias del Sector

 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado una resolución vinculante donde obliga a implementar una serie de medidas.
 
 
A partir de ahora, las compañías eléctricas estarán obligadas a solicitar la confirmación de los datos de los consumidores, en caso de que detecten discrepancias en la información.
 
Serán las compañías de la luz quienes tendrán la obligación de comprobar y descartar que existe un cruce de CUPS, cuando haya un posible corte de suministro o cambio. Las compañías deberán mostrar de forma clara y separada al cliente el trinomio titular-dirección del punto de suministro-CUPS, para que así no haya confusión y quede claro que el CUPS pertenece al cliente correcto.
 
Y otro cambio es que ya no servirá con hacer un cambio de comercializadora sin consentimiento. En el caso de que haya un problema con los datos, la compañía comercializadora responsable deberá reponer el punto de suministro al comercializador previo. Nada de cambiarlo sin permiso ni consentimiento.
 
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Fuente: Xataka