Un tribunal culpa a la víctima de «phishing» de su descuido: “No es una negligencia, son tres”

Publicado el 28-03-2023      Notícia sobre: Noticias del Sector

 

La víctima, cliente de Abanca, autorizó una transferencia de más de 9.000 euros y la sentencia constata que el cliente no cumplió con su obligación de proteger sus credenciales de seguridad personalizadas.
 
 
 
 
La víctima, cliente de Abanca, autorizó una transferencia de más de 9.000 euros
 
La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado la reclamación de un usuario que, fruto del engaño de un tercero, facilitó los datos de acceso a su banca electrónica y autorizó la transferencia de 9.132 euros.
 
La sentencia, de 25 de enero de 2023, constata que el cliente de Abanca no cumplió con su obligación de proteger sus credenciales de seguridad personalizadas.
 
Conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, la primera obligación del afectado es adoptar todas las medias razonables a fin de proteger sus credenciales de seguridad personalidad. A lo anterior, la Sala añade que, la obligación “más elemental es no facilitar esos datos a terceros”.
 
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Fuente: ECONOMIST & JURIST